jueves, 6 de febrero de 2014

¿Otra vez la burra al trigo? (Parte V)

Bueno, pero ¿como empezamos?: Quien haya venido siguiendo la serie habrá entendido (y si no lo entendió se lo reitero aca) que no hay que confundir IAPI con Junta Nacional de Granos, que el IAPI fue un organismo que tuvo su razón de ser en un momento histórico del país y del mundo (que no creo sea muy parecido al actual). Y que la misma JNG (tal como fue) sería muy dificil de recrear, sobre todo porque desde su desaparicion en pleno menemocavallismo, y como consecuencia buscada por el neoliberalismo impuesto desde el '76, el sistema productivo granario argentino ha sufrido transformaciones irreversibles que explicité acá en una serie de cinco posteos de mi blog personal www.elblogdelmayolero.blogspot.com.

En toda instalacion o mecanismo existen puntos clave o "llaves de paso" que lo controlan: Al haber disminuido dramáticamente la incidencia de los pequeños y medianos productores en el sistema, y ser muy dificil recomponerlos en en corto plazo (y no digo que no haya que escatimar esfuerzos en sostener a los que quedan, y tratar de recomponer su filas), la gran producción está en manos de los grandes exportadores, que la controlan a través de sus propios fondos de inversión. Pero hay un lugar por el que todo debe pasar indefectiblemente; una puerta por la que todo pasa, y cuyas llaves tambien están en manos de los mismos.

Los Puertos: Mi amigo, el Dr.en Geografía Raul Pagés sostiene (y yo comparto de pe a pa) que la Nacionalizacion de los Puertos es justamente la llave de paso del sistema actual. Es una cuestión muy sencilla de entender. Su casa tiene una o varias puertas que lo comunican  con el exterior. Usted conserva celosamente esas llaves. Bajo ningun concepto usted permitiría que todas las llaves estuvieran en manos de terceros de forma que cuando usted quiera salir, debe pedirle a ese tercero que le abra la puerta.
En este momento, no sabemos que, cuanto, y a que destino se carga lo que sale por nuestros puertos. Ningún país "serio" permite (ni se le ocurriría permitir) semejante cosa y si a alguno de sus ciudadanos se le ocurriera proponerlo su inmediato destino sería una dependencia policial o una clínica siquiátrica.

Por otra parte, debe seguirse acentuando la política de apoyo a las Organizaciones Cooperativas de primero y segundo grado (ACA, AFA, Federacion Entrerriana) que agrupan a los pequeños y medianos productores que subsisten, para que puedan ampliar sus actividades de comercio exterior y de agregado de valor a las exportaciones.

Quedé en tirar algunas puntas: Estas son las primeras pero no las únicas: sé que para los revolucionarios de café son insuficientes y tibias. Sé que deberían ser mas profundas, y agradecería que me informaran donde están los cuadros técnicos capaces de hacerlas posibles, mas allá de la voluntad política y el entusiasmo, sin provocar una drástica caída de nuestra producción exportable.

Seguiremos en otro momento; creo que esta serie termina acá. El tema no está agotado, pero por ahora alcanza, haciendo las reservas de volver mas adelante.

Antonio (el Mayolero)

3 comentarios:

Esther dijo...

Hola, Antonio

Me quedaron algunas cosas claras tras estas cinco entradas. Me convenciste de que recrear la JNG no es buena idea cuando hablaste de la "ausencia de la burocracia". Pensaba (antes) que no era necesario formar personal capacitado… Porque pensaba en términos de profesionales en agro, control de calidad, etc. Pero desconocía hasta qué punto el Estado había perdido la información. Y tenés razón, la estructura que recolecta, maneja, archiva y cruza datos es fundamental.

Ahora bien, me parece que lo primero a tener en cuenta es que en el "país-granero del mundo" (como se decía antes…) la riqueza agropecuaria debe ser un bien público. Eso marcha a contrapelo de toda una historia, de toda una cultura. Cuando se re-estatizó YPF creo que muchos compatriotas sentimos que nos devolvían la patria, porque durante generaciones YPF fue símbolo de patria. Sin embargo, el suelo, el bendito suelo de los campos, más bien ha sido cosa de los chacareros, los estancieros, los aparceros. Cosa privada, en síntesis.

Sin embargo, cada vez me convenzo más de que necesitamos pensar al suelo igual que al subsuelo, y que sus productos y todas las operaciones que intervienen en ellos son un bien público y no commodities. Digamos, el primer artículo de la ley de estatización del 51% de YPF.

Eso es una batalla cultural de aquellas…

Por otro lado, veo imposible cualquier estrategia que implique una batalla a fondo contra los grandes monopolios. Sería muy lindo… pero irreal. No estamos para hacer una revolución.

Así que me conformaría, a mediano plazo, con a) una empresa estatal que compre y comercialice, interna y externamente, con buenas condiciones para el productor y, como decís, trabajando fundamentalmente para apoyar al pequeño y mediano productor ¡y a las cooperativas!, sin intención de monopolizar el mercado, simplemente ofreciendo una opción en manos del Estado; para esto habrá que expropiar algún puerto, me imagino…; b) esta empresa (u otra, o un departamento, no sé) también tendría que generar condiciones para lo otro que decís: que el productor pueda adicionar valor agregado; lo cual, desde mi mayor ignorancia se me ocurre que pasaría por un sistema descentralizado, regional; c)que se empiece a trabajar seriamente en la línea de proteger el suelo de prácticas agropecuarias destructivas (suelo fértil: bien no renovable); d) rescatar y ampliar la red ferroviaria de cargas.

Mediano plazo. O largo plazo, no sé. Seguro nada puede hacerse en una semana o un mes.

Saliendo del tópico, fui a tu blog personal, siguiendo un link de aquí, pero no leí las entradas sobre el tema… Empecé a leerlo desde la primera entrada del blog y me gustó tanto que sigo leyendo de una en una, disfrutando paso a paso los recuerdos de chacra y pueblo, del pase de la tracción a sangre a la mecanización, los bailes de pueblo, la forma de comprender y vivir la vida. Es delicioso.
(Una pregunta: ¿publicaste este material en formato libro? Si es así, me gustaría saber dónde y cómo adquirirlo.)

Saludos.
Esther

Antonio (el Mayolero) dijo...

Es el embrión de un libro Esther. Cuando mi hija cursaba Antopología Social (ahi vas a encontrar en el blog su historia y su tesis de graduación)yo les contaba a ella y sus compañeros esas historias y un dia me dijo que tenía que escribirlas, porque si no se iban a perder. Empecé a manuscribirlas y por suerte algunas le alcancé a leer. Alli me dijo "Tratando de abstraerme del hecho de que sos mi papá, escribís muy bien". A su muerte ese cuaderno quedó postergado, hasta que un dia me decidí, y despues de un tiempo de escribir para El Fusilado, decidí retomar el trabajo, que se ha ido volcando en El Mayolero. Siempre está vigente pasar al formato libro; sabra Dios cuando...
Volviendo al tema; otra cosa que contribuiría sería para salir del nefasto sistema de financierizacion de la agricultura, una ley de Arrendamientos que terminara con los alquileres por una cosecha, llevandolos a cinco años como mínimo, lo que contribuiría a eliminar a los aventureros. A eso me he referido hace tiempo en el Fusilado en reiteradas ocasiones. Podría ser un principio. Coincido en que el Estado no puede dejar en manos de timberos algo tan importante como la producción agraria. Ni los EEUU, ni Canadá, ni Australia se han desligado de ese control, cada uno de ellos con sus modalidades, pero siempre con el Estado presente.

Antonio (el Mayolero) dijo...

El Dr. Raul Pagés (a) Lito me hizo legar esto:
Esta es la Ley de Puertos actual, la que permitió a partir de 1993 la actividad de puertos privados, antes de esa fecha la actividad era pública y la conducía la Administración General de Puertos (AGP), por supuesto esta Ley Privatista lleva la firma de MENEM Y CAVALLO.
UN VERDADERO ESTATUTO DEL COLONIAJE. POR ACA TAMBIÉN SE VAN LOS DÓLARES DE LAS MULTINACIONALES CEREALERAS Y SIDERÚRGICAS COMO TECHINT.

DECRETO REGLAMENTARIO DE LA LEY 24.093 DE ACTIVIDADES PORTUARIAS.
BUENOS AIRES, 19 de Abril de 1993
BOLETIN OFICIAL, 22 de Abril de 1993
Vigente/s de alcance general

Síntesis :
SE APRUEBA LA REGLAMENTACION DE LA LEY 24.093 DE ACTIVIDADES PORTUARIAS.

Reglamenta a:

Ley 24.093

NOTICIAS ACCESORIAS:

CANTIDAD DE ARTICULOS QUE COMPONEN LA NORMA: 0003

TEMA

DECRETO REGLAMENTARIO-ACTIVIDAD PORTUARIA-AUTORIDAD DE APLICACION-SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES -PUERTOS-HABILITACION DE PUERTOS-PUERTOS PRIVADOS -CONVENIOS CON LAS PROVINCIAS-TRANSMISION DEL DOMINIO

VISTO

el Expediente N. 2465-P/1992 del Registro de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS -SOCIEDAD DEL ESTADO- (En Liquidación) y las disposiciones de la Ley N. 24.093, y del Decreto N. 817/92, y Ref. Normativas: Ley 24.093 Decreto Nacional 817/92

CONSIDERANDO

Que el transporte por agua, las transferencias de mercaderías y las distintas actividades y servicios que se prestan dentro de los Puertos, constituyen un factor decisivo en la economía nacional Que para una mayor eficiencia en el uso de la infraestructura portuaria, los puertos deben ser explotados por las Provincias en cuyo territorio se sitúen. Que resulta indispensable contar con un criterio uniforme para el funcionamiento eficiente de la Nación. Que la actividad Estatal debe limitarse a mantener la seguridad, la preservación del ambiente y la protección del usuario frente a las eventuales violaciones de los principios de la sana competencia. Que el proceso de estabilización de la economía delineado por el HONORABLE CONGRESO de la NACION en las distintas normas por éste sancionadas, entre ellas la Ley N. 24.093, debe complementarse con disposiciones que con la mayor celeridad impulsen la instrumentación de las políticas allí fijadas. Que a los efectos de posibilitar lo expuesto precedentemente y de conformidad a lo prescripto por el Artículo 23 de la precitada Ley, debe procederse a su reglamentación. Que el presente se dicta en uso de las facultades que surgen de los incisos 1) y 2) del Artículo 86 de la Constitución Nacional y del Artículo 23 de la Ley N. 24.093.

Ref. Normativas:

Ley 24.093 Art.23
Ley 24.093

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Art. 1 : Apruébase la reglamentación de la LEY de ACTIVIDADES PORTUARIAS, N. 24.093, que, como Anexo I, forma parte del presente.

Art. 2 : Dése cuenta del presente a la COMISION BICAMERAL creada por el Artículo 14 de la Ley N. 23.696.

Ref. Normativas:

Ley 23.696 Art.14
Art. 3 : Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

FIRMANTES

MENEM-CAVALLO

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