jueves, 27 de diciembre de 2012
¿Te acordás cómo pusimos palos en la rueda para que no logren designar a Reposo?...que macana, no?
Por
Unknown
“El plazo de vigencia de la medida cautelar venció el 7 de diciembre pasado”, afirma el texto de la procuradora. El alto tribunal, recordó Gils Carbó, fijó un plazo para evitar que Clarín “pueda eximirse de cumplir con la normativa por todo el tiempo de vigencia de sus licencias al exclusivo amparo de la medida cautelar y sin un pronunciamiento de fondo”. La Cámara, cuestiona el dictamen, “se arrogó” la atribución de “revocar” la caducidad de la cautelar. Sin embargo, dice el texto, el Grupo Clarín no esgrimió ningún argumento que muestre que cambiaron las circunstancias y “la verosimilitud del derecho” (las chances de que le den la razón) dejó de existir con la sentencia de primera instancia a favor del Gobierno. Tampoco encuentra ella un “peligro en la demora”.
Gils Carbó cuestionó a la vez el hecho de que la Cámara, al ampliar la cautelar, haya precisado sus supuestos alcances afirmando que no empezó a correr el plazo de desinversión. Esa “lectura errónea”, señala, “potencia injustificadamente ese obstáculo” para satisfacer el “interés público (...) esgrimido por el Estado Nacional”, y no sólo al interés patrimonial individual que motiva la adopción de la medida cautelar. El texto entregado a la Corte marca también los vicios de origen de la cautelar de la Cámara, firmada por María Susana Najurieta y Francisco de las Carreras, ambos recusados, el segundo por supuestas dádivas de Clarín. Las recusaciones, recuerda, fueron resueltas por ellos mismos, algo que consideró “impertinente”. “El hecho de que los mismos jueces –cuya imparcialidad una parte pone en cuestión– se arroguen la atribución de juzgar sobre su propia imparcialidad controvierte una idea fundamental que subyace a las garantías constitucionales del debido proceso y la inviolabilidad de la defensa en juicio: el juzgador imparcial, al que toda parte en un litigio tiene derecho”, opinó.
Por si aún no lo leyó cumpa:
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-210695-2012-12-27.html
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